martes, 17 de junio de 2014

¿A quién acudir?


III  ¿A quién acudir?


La persona natural o jurídica como víctima, vista directamente la ofendida por este hecho ilícito,
 
para hacer valer sus derechos e intereses, debe acudir a la Fiscalía General del Ministerio Público

más cercana, porque es el Fiscal quien ordena y dirige la investigación penal de la perpetración de los

 hechos punibles para hacer constar su comisión con todas las circunstancias que puedan influir en 

la calificación y responsabilidad de los autores o las autoras y demás participantes. También, es 

función del mismo, el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la 

perpetración de este hecho punible, por ello, en sus manos se encuentra esta fase muy importante 

para determinar con las pruebas quienes fueron los delincuentes informáticos.

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